¿Debo declarar mis Bizum en la Declaración de la Renta? Cómo hacerlo y en qué casos es necesario

Bizum es un medio muy cómodo de pago ¡Pero cuidado! Si nos pasamos tendremos que declararlo. Te contamos cuál es el límite para declararlo y cómo hacerlo.

¿Debo declarar mis Bizum en la Declaración de la Renta? Cómo hacerlo y en qué casos es necesario
Mucha gente desconoce que tenemos que declarar nuestros Bizum si exceden una determinada cantidad

Bizum es una herramienta maravillosa, de hecho, hoy en día es difícil no saber qué es Bizum. Nos permite pagar a nuestros amigos cuando salimos a tomar algo o recibir el dinero cuando partimos la cuenta y es a nosotros a quién nos toca pagar. Gracias a esto, es mucho más fácil salir de casa sin efectivo. Eso sí, lo que no sabe mucha gente es que en algunas ocasiones tendremos que declararlo a Hacienda a través de nuestra Declaración de la Renta. Entonces, es fundamental que tengamos claro cuánto dinero y cómo debemos declarar nuestros Bizum a Hacienda.

¿A partir de cuánto dinero tienes que declarar tus Bizum?

En un tiempo en el que pagar por el móvil es algo bastante habitual, lo cierto es que muchas veces ni siquiera somos conscientes de la cantidad de dinero que recibimos. Es importante tener claro que nuestro banco y Hacienda advertirán de nuestros Bizum a partir de los 10.000 euros anuales. No es una cantidad desdeñable, pero si estamos acostumbrados a recibir dinero a través de este medio, deberíamos tener mucho cuidado con la manera en la que gestionamos esta aplicación.

Como es evidente, la gran mayoría de la gente no se tendrá que preocupar sobre esta cuestión, ya que para el común de los mortales las cifras suelen ser mucho más reducidas. No obstante, hay otros factores por los que también tendremos que declararlos:

  • Si eres una persona que tiene un beneficio económico de estos ingresos. Es decir, es un pago recurrente de un alquiler o algo por el estilo. La rentabilidad económica es de obligatoria declaración en todos los casos.
  • Si eres autónomo tendrás que declararlos. Ahora bien, siempre y cuando utilices Bizum como medio de pago para ganar dinero. No tendrás que declarar los Bizum que te hagan tus amigos si eres trabajador por cuenta propia. Solo aquellos que tengan un interés económico detrás que tenga que ver con la actividad a la que te dedicas. Además, tendrán que contar con su IVA e IRPF correspondientes.
  • Por último, como ya se ha comentado, a partir de los 10.000 euros anuales.

Es importante tener algo en cuenta. Hacienda también puede mirar nuestros Bizum si le ponemos conceptos raros a estos envíos. Lo normal es que antes de nada, tu banco te llame y te pregunte sobre el contexto de ese concepto, ya que mucha gente suele gastar bromas al respecto. Ahora bien, cuidado con esto porque podrías ser sometido a una inspeccíon de los técnicos de Hacienda.

¿Cómo declarar los Bizum?

No te preocupes porque es realmente sencillo. Desde Bizum facilitan mucho esta opción ya que si accedes al historial puedes ver todos los pagos que te han hecho o que tú mismo has hecho. De esta manera, podrás simplificarte mucho la vida. En cualquier caso, lo importante es que para declararlo simplemente tienes que contabilizarlo como el resto de los ingresos que recibas. No entraña mayor dificultad, ya que cuenta exactamente igual a como si te hubieran hecho una transferencia bancaria ordinaria.

Eso sí, recuerda que estos pagos, en caso de ser un trabajador autónomo, tienen que tener los impuestos pertinentes añadidos al ingreso de dinero. En caso contrario, podrías tener problemas y verte sometido a una investigación.

Recapitulando:

  • Los bizum se declaran exactamente igual que cualquier otra actividad que haya dado una rentabilidad económica.
  • Para facilitarte la declaración, puedes usar el historial de pagos de la aplicación de tu banco.
  • Si eres autónomo, recuerda que esos pagos tendrán que llevar el IVA e IRPF adecuados a la actividad económica que estés llevando a cabo.

¿Cuándo hay que declarar los Bizum?

Si desafortunadamente te toca declarar los Bizum, el plazo es el mismo que para todo. Estos pagos deben ser incluidos en la Declaración de la Renta. La campaña da comienza el próximo 11 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio de 2023. Los plazos son los siguientes:

  • Del 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023: presentación por Internet (vía telemática) de las declaraciontes de la Renta y Patrimonio 2022.
  • Del 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023: podrás hacer la Declaración de la Renta a través del teléfono (es necesario pedir cita pedir cita).
  • Del 1 al 30 de junio de 2023: podrás asistir de manera presencial a las oficinas para que los funcionarios de las oficinas te ayuden a presentarla (también es necesario pedir cita).

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